Sí, la oposición TAI, como el resto de procesos selectivos de la Administración General del Estado, reserva un cupo mínimo de plazas para personas con discapacidad. La normativa general (el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público) fija una reserva no inferior al 7% de las vacantes de cada oferta de empleo público, de las cuales al menos un 2% deben destinarse a personas que acrediten discapacidad intelectual. El porcentaje exacto aplicado a cada convocatoria se concreta en sus propias bases.
¿Cuánto es exactamente el cupo de reserva por discapacidad?
La ley establece un mínimo, no un máximo cerrado, así que cada oferta de empleo público puede ajustar el porcentaje concreto dentro de ese marco:
- Reserva general: no inferior al 7% de las vacantes ofertadas en cada convocatoria.
- Dentro de ese 7%: al menos un 2% se reserva específicamente para personas que acrediten discapacidad intelectual, y el resto para personas con cualquier otro tipo de discapacidad.
- En procesos de promoción interna: la reserva mínima es del 5% de las vacantes, para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
El porcentaje exacto de plazas reservadas para el TAI en cada convocatoria concreta aparece siempre detallado en el propio anuncio de la oferta de empleo público y en las bases específicas, así que conviene revisarlo en el BOE de cada convocatoria en lugar de dar por buena una cifra fija de un año anterior.
¿Cómo funciona el turno de discapacidad en la práctica?
Quienes se presentan por el cupo de reserva hacen exactamente el mismo examen, con el mismo contenido y el mismo nivel de exigencia que el resto de aspirantes del turno libre. La reserva no significa un examen más fácil, sino que las plazas del cupo solo se adjudican entre quienes se presentaron por ese turno y superaron el proceso selectivo. Si las plazas reservadas no se cubren, según la normativa suelen acumularse al cupo general, no se pierden sin más.
El temario y el nivel de exigencia son los mismos para todos los aspirantes, se presenten por el turno que se presenten.
¿Qué adaptaciones se pueden solicitar para el examen?
Las personas con un grado de discapacidad reconocido pueden solicitar adaptaciones de tiempo y de medios en el examen (por ejemplo, tiempo adicional, formato accesible del examen o mobiliario adaptado), siempre que lo indiquen en el plazo y la forma que marque la convocatoria, normalmente en el momento de presentar la solicitud de participación. Además, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% suelen estar exentas del pago de la tasa de examen, según la normativa vigente en cada convocatoria.
Preguntas frecuentes
¿Qué grado de discapacidad hace falta para presentarse por el cupo de reserva?
Con carácter general se exige un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, acreditado mediante el certificado oficial correspondiente, según se detalle en cada convocatoria.
¿Si me presento por el cupo de discapacidad compito con menos aspirantes?
Compites dentro del turno de reserva por las plazas específicamente asignadas a ese cupo, lo que en la práctica reduce el número de aspirantes por plaza frente al turno libre general, aunque el examen y el nivel de exigencia son idénticos.
¿Puedo presentarme por el turno libre general aunque tenga un grado de discapacidad reconocido?
Sí, presentarte por el cupo de reserva es voluntario. Si lo prefieres, puedes optar por el turno libre general en lugar del cupo específico.
¿Las adaptaciones del examen afectan a la nota o al contenido de las preguntas?
No. Las adaptaciones afectan a las condiciones de realización del examen (tiempo, formato, medios materiales), nunca al contenido de las preguntas ni al criterio de corrección, que es el mismo para todos los aspirantes.
Prepárate con el mismo temario, se presente quien se presente
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